El protocolo de la Universidad Pedagógica Nacional es un instrumento de actuación interinstitucional, que contempla tres líneas de acción en el marco de las cuales intervienen diferentes instancias de la universidad.
Línea de promoción:
Esta línea de acción busca la familiarización, reconocimiento y apropiación de la comunidad universitaria acerca de la equidad y paridad de género, el reconocimiento y valoración de la diversidad sexual y de género, así como la necesidad de prevenir, atender y sancionar las violencias y la discriminación basadas en el género a través de acciones articuladas con la docencia, la investigación, la planeación institucional, la gestión administrativa y las demás acciones misionales de la universidad.
Los actores involucrados aquí son:
- El Comité Institucional para la Transversalización de la Equidad e Igualdad de Género en articulación con las diferentes unidades académicas y administrativas de la UPN.
Línea de prevención:
Esta línea busca la generación de espacios de diálogo, reflexión y sensibilización frente a las violencias basadas en género y su prevención, a través de acciones de socialización, sensibilización, campañas de información, formalización de acuerdos y demás acciones que garanticen la generación de espacios de convivencia seguros para las y los integrantes de la comunidad universitaria de la UPN.
Al frente de esta línea se encuentran todas las instancias de la Universidad implicadas en las acciones misionales de la misma, como:
- Subdirecciones de Personal y Bienestar, Vicerrectorías, Oficinas de Comunicaciones y Recursos Educativos, Consejos de Facultad y Departamento, consejos estudiantiles, comité de transversalizaciondegeneroización de género, equipos integrales de docencia, grupos, colectivos estudiantiles y docentes.
Línea de protección:
Esta línea contempla el conjunto de acciones orientadas a la atención y acompañamiento de las personas víctimas de violencias basadas en género de la UPN, así como a la garantía de los derechos vulnerados y los que le asisten al presunto agresor/agresora en el marco del debido proceso.
Las acciones contempladas se establecen sobre la base de la garantía y observancia de los principios y derechos a la información, asistencia integral, orientación jurídica, trato reservado, derecho a decidir voluntariamente, informar a las autoridades competentes y a la no revictimización.
Las acciones contempladas para esta línea serán concretadas a través de la articulación institucional de las siguientes instancias:
- Grupo de Orientación y Atención Estudiantil (GOAE).
- Comité Asesor para el Cumplimiento y el Seguimiento del Protocolo de Violencias Basadas en Género (CACCS).
- Las instancias encargadas en asuntos disciplinarios para cada estamento (Consejos de Departamento y/o de Facultad en el caso de estudiantes y Oficina de Control Disciplinario en el caso de docentes, contratistas y trabajadores).
Sobre el Comité Asesor para el Cumplimiento y el Seguimiento del Protocolo de Violencias Basadas en Género (CACS) es importante aclarar que se trata de una instancia de asesoría, centralización de información y seguimiento que se crea a partir de la resolución 0082 del 8 de marzo de 2021.
La función principal del Comité consiste en documentar y centralizar la información recibida por el GOAE sobre denuncias y casos de violencias basadas en género, con la finalidad de ofrecer orientación técnica, jurídica y/o pedagógica a las instancias disciplinarias de la Universidad y/o investigativas externas (Fiscalía).
Sus funciones no suplantan el papel de órganos externos de investigación como la Fiscalía General de la Nación o internos de control y/o disciplinamiento como las Facultades, los programas o la Oficina de Control Disciplinario.
